- Exequatur
- (Del lat. exsequatur, ejecútese.)► sustantivo masculino1 POLÍTICA, DERECHO Autorización que otorga el jefe de un estado a los representantes extranjeros de un país para que puedan ejercer las funciones propias de sus cargos.IRREG. plural exequáturSINÓNIMO [plácet]2 RELIGIÓN Aprobación que da la autoridad civil de un estado a las bulas y los breves pontificios.
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exequátur (lat., significa «ejecútese»; pronunc. [execuátur]; pl. «exequátur»)1 m. Autorización que da el jefe de un Estado a los representantes extranjeros en su país para que puedan ejercer sus cargos. ⇒ *Diplomacia.2 Aprobación que da la autoridad civil a las *bulas y breves pontificios. ≃ Pase, paso.* * *
exequátur. (Voz lat., que significa 'ejecútese'). m. Autorización que otorga el jefe de un Estado a los agentes extranjeros para que en su territorio puedan ejercer las funciones propias de sus cargos. || 2. Voz con que se designaba el pase que daba la autoridad civil de un Estado a las bulas y rescriptos pontificios para su observancia. || 3. Der. Reconocimiento en un país de las sentencias dictadas por tribunales de otro Estado.* * *
Exequatur (Exequator o Execuator) es el conjunto de reglas conforme a los cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un país extranjero reune o no los requisitos que permiten su homologación en tal Estado. Este procedimiento tiene por objeto determinar si es posible brindarle a una sentencia extranjera (entendiendo esta como aquella resolución pronunciada por un tribunal que escapa a la soberanía del Estado en que se desea ejecutarla), reconocimiento y permitir su cumplimiento en un Estado diverso a aquel que la pronunció.* * *
(voz latina)► masculino Autorización otorgada por el jefe de un Estado a los agentes extranjeros para que en su territorio puedan ejercer las funciones propias de sus cargos.
Enciclopedia Universal. 2012.